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Simplificando la jerga de educación especial

Simplificando la jerga de educación especial

Navegar por la jerga de la educación especial puede ser muy desafiante,
particularmente por la cantidad de siglas que se utilizan. Familiarizarse con algunas de
las siglas más comúnmente usadas puede ayudar a los padres y cuidadores a
comprender mejor la información que se les proporciona y cómo se aplica a su hijo.
¡OPSA está aquí para ayudar! A continuación, se presentan algunas de las siglas de
educación especial que se ven frecuentemente a lo largo de los caminos educativos.
Es importante saber qué significan estas siglas y cómo pueden impactar la educación y
los servicios que recibe su hijo.

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504 – SECCIÓN 504 DE LA LEY DE REHABILITACIÓN DE 1973: Un plan que detalla
los apoyos o adaptaciones necesarios para un niño con discapacidad. Un 504 no
proporciona instrucción diseñada especialmente para un estudiante, pero tiene como
objetivo garantizar el acceso igualitario a su entorno de aprendizaje (libre de
discriminación) y el éxito académico. No tiene las mismas protecciones legales
disponibles que un IEP, no tiene que ser actualizado anualmente y no requiere el
consentimiento de los padres.

ADL – ACTIVIDADES DE LA VIDA DIARIA: Áreas de instrucción que involucran
habilidades como la higiene personal, el uso del baño, la alimentación, etc.

ADA – LEY DE ESTADOUNIDENSES CON DISCAPACIDADES: Legislación
promulgada en 1990 que prohíbe la discriminación basada en la discapacidad de una
persona.

ADR – RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE DISPUTAS: Esto también se llama
mediación. Un proceso voluntario entre los padres y la escuela en el cual se trae un
mediador calificado e imparcial para ayudar a resolver una disputa.

AT – TECNOLOGÍA ASISTIVA: Tecnología que ayuda a las personas con
discapacidades a realizar, mantener o ejecutar funciones que de otro modo no podrían
hacer. Puede incluir dispositivos de movilidad, dispositivos de comunicación,
suministros adaptativos, horarios visuales, etc.

BIP (BSP/PBSP) – PLAN DE INTERVENCIÓN DE COMPORTAMIENTO: Cuando el
comportamiento de un niño interfiere con su aprendizaje o el aprendizaje de otros, se
puede utilizar un plan de intervención de comportamiento o un plan de apoyo de
comportamiento positivo para abordar el comportamiento. Estos planes generalmente
se implementan después de que el niño haya recibido una evaluación funcional del
comportamiento.

EI – INTERVENCIÓN TEMPRANA: Los servicios y apoyos que proporciona el estado si
un niño tiene un retraso en el desarrollo o una discapacidad. Los niños de 0 a 2 años
están cubiertos a través de los servicios de intervención temprana (EI).

ESY – AÑO ESCOLAR EXTENDIDO: El ESY generalmente se recomienda cuando hay
preocupación de que un niño pueda retroceder o perder progreso hacia sus metas del IEP mientras la escuela no está en sesión durante el verano. Esto se individualiza
según las necesidades de su hijo.

FAPE – EDUCACIÓN PÚBLICA GRATUITA Y ADECUADA: Según IDEA, cada niño
tiene derecho legal a una educación pública gratuita y adecuada. Esto garantiza que
cada niño tendrá la oportunidad de participar en su educación en la medida de sus
capacidades sin costo alguno y que recibirá una educación similar a la de sus
compañeros sin discapacidades, además de satisfacer sus necesidades únicas.

FBA – EVALUACIÓN FUNCIONAL DEL COMPORTAMIENTO: Si el comportamiento de
un niño está interfiriendo con su aprendizaje o el aprendizaje de otros, un padre (o la
escuela) puede solicitar que se realice una evaluación funcional del comportamiento. El
objetivo de esta evaluación es determinar qué está causando el comportamiento (la
función), identificar patrones y desarrollar un plan que incluya estrategias para mejorar
el comportamiento.

FERPA – LEY DE DERECHOS EDUCATIVOS Y PRIVACIDAD DE LA FAMILIA:
Estatuto que protege los registros estudiantiles confidenciales y el acceso a ellos.
Proporciona a los padres ciertos derechos con respecto a la privacidad de los registros
educativos de sus hijos.

IDEA – LEY PARA INDIVIDUOS CON DISCAPACIDADES: Esta ley federal fue creada
para asegurar que los niños con discapacidades elegibles reciban una educación
pública gratuita y adecuada que incluya educación especial y servicios relacionados. El
objetivo es que esta instrucción especializada prepare a los estudiantes para
"educación adicional, empleo y vida independiente". Los niños de 3 a 21 años están cubiertos bajo IDEA.

IEE – EVALUACIÓN EDUCATIVA INDEPENDIENTE: Cuando una familia no está de
acuerdo con los resultados de una evaluación escolar o siente que se necesitan
evaluaciones más exhaustivas, tienen el derecho de solicitar que se realice una
Evaluación Educativa Independiente (IEE) para determinar si su hijo califica para
servicios de educación especial. Esta evaluación la realiza una parte independiente y
no el distrito escolar. Los padres tienen derecho a solicitar que la IEE se realice a cargo
del público, lo que significa que no tendrán ningún costo.

IEP – PROGRAMA DE EDUCACIÓN INDIVIDUALIZADA: Cuando se identifica a un
estudiante como alguien que tiene una de las 13 discapacidades cubiertas por IDEA, su
plan educativo se describe en un documento escrito llamado IEP. Es un documento
legal que refleja la instrucción especialmente diseñada para el estudiante, los objetivos
de aprendizaje y los servicios relacionados que son necesarios para satisfacer las
necesidades únicas del niño. El personal escolar es responsable de monitorear el
progreso del niño en esos objetivos y reunirse con los padres al menos una vez al año
para revisar el plan. Es importante que los padres comprendan sus derechos como
miembros iguales del equipo de su hijo. Los IEP también desempeñan un papel crítico en garantizar que un niño reciba FAPE y que se satisfagan sus necesidades
educativas.

IFSP – PLAN INDIVIDUALIZADO DE SERVICIOS PARA LA FAMILIA: Es un esquema
de los servicios que un niño recibe a través de la Intervención Temprana. Incluye los
niveles actuales del niño así como los resultados deseados. Este es un plan basado en
la familia específico para la Intervención Temprana.

LEA – AGENCIA DE EDUCACIÓN LOCAL: Esta es su distrito escolar local. Un
representante de la LEA, calificado y conocedor de los recursos del distrito, debe estar
presente en cada reunión del IEP.

LRE – AMBIENTE MENOS RESTRICTIVO: Con el objetivo de incluir a los estudiantes
con sus compañeros sin discapacidades en la máxima medida posible, se requiere que
los estudiantes con discapacidades sean educados en el ambiente menos restrictivo.
Esto asegura que se les brinde la oportunidad a los estudiantes con discapacidades de
ser integrados y participar en actividades extracurriculares con compañeros de la
misma edad, a menos que la naturaleza de su discapacidad sea tan severa que esto no
se pueda lograr satisfactoriamente. Existe un Continuo Completo de Ubicaciones que
van desde el ambiente menos restrictivo (aula de educación general con apoyos) hasta
el más restrictivo (entornos especializados o basados en hospitales).

MDR – REVISIÓN DE DETERMINACIÓN DE MANIFESTACIÓN: Cuando un niño con
discapacidad se involucra en comportamientos que violan el código escolar y resultan
en la propuesta de la escuela de remover al estudiante, se debe llevar a cabo una
audiencia de determinación de manifestación. Esto se hace para determinar si el
comportamiento del niño fue causado por su discapacidad o por el fallo del distrito
escolar en implementar adecuadamente el IEP.

MEEGS – EVALUACIÓN MULTIDISCIPLINAR Y RESUMEN DEL GRUPO: Resumen
exhaustivo de evaluaciones que incluyen información relevante y funcional tanto de la
escuela como del hogar. Este resumen se utiliza para ayudar al equipo a determinar si
un niño tiene una discapacidad y necesita servicios de educación especial.

MTSS – SISTEMA DE APOYO DE MÚLTIPLES NIVELES: Un proceso de evaluación
utilizado por los educadores para ayudar a identificar a los estudiantes que podrían
estar experimentando desafíos académicos, de comportamiento o socioemocionales.
Es un sistema de múltiples niveles que ayuda al personal a asegurarse de que sus
recursos estén satisfaciendo las necesidades de los estudiantes y ayuda a determinar
cuándo podrían ser necesarias evaluaciones adicionales.

OAAP – PROGRAMA DE EVALUACIÓN ALTERNATIVA DE OKLAHOMA: Los
estudiantes con IEP aún deben participar en evaluaciones a nivel estatal y del distrito.
Para estudiantes con discapacidades cognitivas más significativas, se puede
proporcionar pruebas alternativas. La participación en OAAP es una decisión del
equipo, y los equipos deben discutir posibles adaptaciones que se pueden proporcionar a los estudiantes en las evaluaciones antes de considerar la elegibilidad en
evaluaciones alternativas. Se espera que no más del 1% de todos los estudiantes
participen en este programa.

OCR – OFICINA DE DERECHOS CIVILES: Aplica las leyes federales de derechos
civiles que protegen a individuos y entidades contra la discriminación ilegal. También
ayudan en la resolución de quejas por discriminación.

OT – TERAPISTA OCUPACIONAL: Un proveedor de servicios relacionados que
proporciona terapia para abordar necesidades de motricidad fina o sensoriales que
afectan negativamente el rendimiento educativo de un niño.

PT – FISIOTERAPEUTA: Un proveedor de servicios relacionados que proporciona
terapia para abordar necesidades de motricidad gruesa que afectan negativamente el
rendimiento educativo de un niño.

PWN – NOTIFICACIÓN ESCRITA PREVIA (NOTIFICACIÓN ESCRITA): Cada vez que una escuela propone iniciar, cambiar, o rechaza iniciar o cambiar la identificación, evaluación o colocación educativa de un niño, deben proporcionarle una notificación escrita previa. Este documento debe incluir la acción tomada, la justificación de esa decisión, qué otras opciones se consideraron y qué evaluaciones/datos se utilizaron para tomar esa decisión. Debe
estar redactado en un lenguaje fácil de entender e incluir información relacionada con
las garantías procesales de los padres.

RED – REVISIÓN DE DATOS EXISTENTES: Una revisión de la información y los datos
existentes sobre un estudiante que se utiliza para determinar si se deben realizar
evaluaciones adicionales para determinar si un estudiante es elegible para recibir
servicios de educación especial.

RTI – RESPUESTA A LA INTERVENCIÓN: Cuando un estudiante tiene dificultades con
una habilidad o lección y no responde a las intervenciones iniciales, se pueden usar
intervenciones más focalizadas para ayudar al estudiante. RTI se utiliza tanto para
necesidades de aprendizaje como de comportamiento.

SDI – INSTRUCCIÓN ESPECÍFICAMENTE DISEÑADA: La instrucción individualizada
proporcionada a un estudiante en un IEP que describe cómo se satisfarán las
necesidades educativas únicas del estudiante a través de contenido adaptativo,
metodologías y enfoques instruccionales.

SEA – AGENCIA DE EDUCACIÓN ESTATAL: Si bien cada estado debe cumplir con la
ley federal, también tienen sus propias estatutos y regulaciones de educación especial.
Pueden proporcionar a los estudiantes más derechos y protecciones que los que
proporciona la ley federal, pero nunca menos. En Oklahoma, esto es el Departamento
de Educación del Estado de Oklahoma (OSDE, por sus siglas en inglés).

SLP – PATÓLOGO DEL LENGUAJE Y DEL HABLA: Ayuda a los estudiantes con
necesidades de comunicación que afectan negativamente el rendimiento educativo del
niño.

SPED – EDUCACIÓN ESPECIAL: Según IDEA, instrucción diseñada especialmente
que se proporciona para satisfacer las necesidades únicas de un niño con
discapacidades y aumentar sus posibilidades de éxito.

TP – PLAN DE TRANSICIÓN: Un estudiante que tiene un IEP en el noveno grado o a
los 16 años (lo que ocurra primero) debe tener metas de transición incluidas que
describan cómo harán la transición a la vida más allá de la escuela.

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